Entrada de supermercado en Palma con puerta abierta y suelo mojado tras tormenta, riesgo de caída

Entrada mojada, puerta abierta: por qué la sentencia contra un supermercado es más que un caso de indemnización

Entrada mojada, puerta abierta: por qué la sentencia contra un supermercado es más que un caso de indemnización

Un cliente se cae en el suelo mojado de una sucursal en Palma. El tribunal condena a la cadena a 12.000 euros — pero la pregunta real es: ¿quién garantiza entradas seguras en días de tormenta?

Entrada mojada, puerta abierta: por qué la sentencia contra un supermercado es más que un caso de indemnización

Pregunta principal

¿Quién asume la responsabilidad cuando una sucursal permanece abierta durante un fuerte aguacero y los clientes resbalan en suelo mojado: la cadena que no redujo suficientemente el riesgo o el cliente que entra en el comercio en un día lluvioso?

El Juzgado de lo Provincial en Palma ha dado una respuesta clara: la cadena de supermercados debe pagar 12.000 euros de indemnización porque las medidas de seguridad en la entrada aquel día de tormenta no fueron suficientes. Los hechos son breves: febrero de 2021, lluvia intensa y viento, el agua entró en la tienda, había una felpilla, un empleado secaba manualmente, pero faltaba un cartel de advertencia y la puerta se mantuvo abierta. Otra tienda cercana cerró ese día porque la entrada de agua era tan grande que no podían garantizar la seguridad de los clientes.

Análisis crítico

El tribunal sigue una lógica sencilla: previsibilidad. Con lluvia fuerte es previsible que entre agua por la entrada. Una felpilla y un secado apresurado no bastan cuando el suelo presenta un riesgo continuo de resbalón. La defensa de la cadena apeló a la situación cotidiana — “hoy llueve, ten cuidado” — y a que había personal presente. El tribunal respondió: la mera presencia no sustituye las medidas organizativas.

Importa aquí la observación de los jueces de que la puerta podría haberse mantenido cerrada durante la lluvia. Suena banal, pero alcanza un punto clave: la cultura de seguridad no se compone de elementos aislados, sino de la suma de pequeñas decisiones — política de puertas, dotación de personal, elección de materiales, señalización y condiciones constructivas. Si un negocio vecino cierra por precaución, eso indica que la situación no era trivial.

Lo que falta en el debate público

En los debates todo gira en torno a la cantidad de la indemnización o a si los clientes deben “tener cuidado”. Casi nadie habla del fallo mayor del sistema: ¿quién inspecciona las entradas de locales comerciales ante fenómenos meteorológicos extremos? ¿Qué requisitos existen para drenajes, umbrales de puertas, pavimentos antideslizantes o zonas de acceso cubiertas? Tampoco se suele mencionar el papel de los propietarios, las cláusulas de las aseguradoras y la infraestructura municipal — por ejemplo, alcantarillas obstruidas frente a grandes comercios, o casos como el juicio por el desplome de una terraza en Playa de Palma.

En Mallorca, donde las tormentas invernales pueden ser intensas algunos años, pensar en términos tan reducidos es peligroso. No se trata solo de imponer una sanción, sino de prevenir: ahorrar costes y evitar accidentes. Además, otras resoluciones recientes muestran que las consecuencias legales pueden alcanzar a diferentes actores, como en la sentencia sobre grabaciones secretas en Palma, que recuerda la amplitud del impacto jurídico más allá de la indemnización económica.

Escena cotidiana en Palma

Imagínese la calle: el aguacero azota desde el Passeig, los paraguas golpean, se oye el crujir de las suelas mojadas sobre las losas. Ante la puerta del supermercado hay una felpilla, al lado un trabajador con un trapo, la voz de un cliente que grita: “Cuidado, está mojado.” Un carro de la compra deja un rastro y un señor mayor intenta secarse los zapatos en la felpilla antes de entrar. Ese titubeo, ese entrar y salir — así lo relatan los testigos — terminó en una caída.

Propuestas concretas

La decisión judicial marca el rumbo, pero la práctica exige más. Medidas concretas que las sucursales pueden aplicar de inmediato: 1) sistemas de entrada cerrables o marquesinas que permitan regular el acceso temporalmente; 2) pavimentos antideslizantes certificados en los primeros metros tras la puerta; 3) señalización visible y multilingüe combinada con vallas temporales, no solo una felpilla pequeña; 4) protocolos internos claros: en caso de lluvia intensa la puerta solo se abre bajo control del personal que asegura el paso; 5) listas de verificación y entrenamientos regulares para el personal, para saber cuándo cerrar una tienda; 6) coordinación con aseguradoras y propietarios para que las mejoras constructivas (drenajes, adaptación de umbrales) no se frustren por costes a corto plazo.

A nivel municipal: controles y estándares mínimos para edificios comerciales, limpieza rápida de sumideros y un canal de comunicación para que las asociaciones comerciales traduzcan avisos meteorológicos de la AEMET en instrucciones operativas.

Conclusión contundente

La sentencia es más que un caso aislado. Es una llamada de atención: la seguridad empieza en el umbral. Quien invita a clientes asume la responsabilidad de garantizar un camino seco y antideslizante — especialmente en días de tormenta. Los 12.000 euros son un ejemplo, pero lo más importante sería un sistema que evite los accidentes antes de que los tribunales deban intervenir. Casos recientes en la isla, como que Palma deba pagar 106.700 euros tras una caída en una zona canina, ilustran la carga que puede suponer para las arcas públicas y para las víctimas no prever estas obligaciones.

La próxima vez que crucemos las losas ante un supermercado en una mañana lluviosa, no deberíamos fijarnos solo en la felpilla, sino en el compromiso visible del establecimiento: puerta cerrada en tormenta, control de acceso y un suelo donde se pueda caminar con seguridad. Ese sería un día a día que valdría la pena — tanto para clientes como para los propios comercios.

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